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JUSTICIA ELECTORAL

BIENVENIDOS/AS AL PORTAL DE INICIATIVAS POPULARES

SOBRE LAS INICIATIVAS

PROCEDIMIENTO PARA LA HABILITACIÓN DE LA INICIATIVA POPULAR EN EL PORTAL DEL TSJE

Una vez que el Tribunal Electoral correspondiente (en el que se haya presentado solicitud), haya admitido la Iniciativa Popular, la comisión promotora deberá proporcionar toda la información y los datos para su publicación en el portal del TSJE.
Por tanto, deberán remitir a la siguiente dirección de correo electrónico cia@tsje.gov.py con el asunto INICIATIVA POPULAR la información que a continuación se detalla:

  1. Nombre de fantasía de la Iniciativa Popular: Frase, slogan o expresión con la que la comisión promotora decide promocionar su iniciativa popular. Ejemplo, ley de iniciativa popular cuyo objetivo es reducir la corrupción, podría ser identificada como “Cerremos las puertas a la corrupción”, “Cero corrupción”, etc.
  2. Logotipo o imagen representativa de la Iniciativa popular: Documento electrónico en formato .jpg; .bmp o .png, con el que será visibilizada la iniciativa popular en el portal.
  3. Listado de las personas que conforman la comisión promotora: Además del listado de los proponentes de la iniciativa popular. Se podrá incluir una breve biografía, de no más de 50 palabras, de cada integrante de la comisión promotora.
  4. Dirección de correo electrónica para comunicaciones oficiales: Se deberá informar la dirección de correo electrónica que se utilizará para las comunicaciones entre el TSJE y la comisión promotora.
  5. Objetivo del proyecto de ley u ordenanza municipal: Descripción, en no más de 150 palabras, de los motivos que impulsaron la iniciativa popular.
  6. Información complementaria: Tiene por objetivo publicar direcciones web para la ciudadanía pueda ampliar su información acerca de la iniciativa popular, por tanto, se deberá informar con fines de publicación: la dirección página web de la iniciativa popular (si la tuviere), correos electrónicos de contacto, direcciones de las redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram, etc.), números telefónicos para contacto a través aplicaciones de mensajería (WhatsApp, Telegram, etc.)
  7. Proyecto de ley u ordenanza municipal: Documento electrónico en formato .pdf, con la exposición de motivos y el articulado de la iniciativa popular, que estará disponible para descarga por parte de los interesados.

 

PROCEDIMIENTO PARA EL CIERRE DE LA INICIATIVA POPULAR EN EL PORTAL DEL TSJE

Cuando la comisión promotora decida dar por terminado el proceso de colecta de firmas electrónicas, deberá seguir el procedimiento establecido en los artículos 266 ter y 39 ter de la ley 6983/2022, y deberá comunicarla vía correo electrónico al TSJE a la siguiente dirección cia@tsje.gov.py con el asunto INICIATIVA POPULAR, con 5 días hábiles de antelación al día definido para del cierre de la colecta de firmas electrónicas. De esta manera el TSJE inhabilitará, en la fecha y hora definida en la comunicación correspondiente, la colecta de firmas electrónicas en el portal.