El proyecto de ordenanza de iniciativa popular “AUDITEMOS LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN” propone el control de la gestión de la actual administración de la Municipalidad de Asunción, garantizada en el artículo 106 de la Constitución Nacional, y no versa sobre los temas excluidos para las iniciativas populares y que están mencionados en el punto 1.2 de la Resolución TSJE N° 175/2023. La gestión en la ciudad de Asunción se encuentra en un estado de decadencia, atrapada en una espiral de deuda contraída bajo la premisa de realizar obras necesarias. Ejemplos de esto incluyen los 1.800.000.000 de guaraníes en el caso conocido como "Detergentes de oro", por el cual el Intendente enfrenta cargos, o la considerable deuda de 500.000.000.000 de guaraníes emitida para obras hidráulicas que no se llevaron a cabo, dejando en el aire el destino del dinero de las arcas comunales. Verificando que la Ley Orgánica Municipal, en su artículo 197, prohíbe expresamente llevar a cabo operaciones de crédito público para financiar gastos corrientes., vimos con preocupación la aprobación de la Ejecución Presupuestaria del año 2024, aun teniendo a la vista el Dictamen de la Contraloría General de la República, donde se documenta la desaparición de 500.000.000.000 de guaraníes destinados a obras hidráulicas que no se hicieron. Concejales y Diputados actuales han estimado la deuda del municipio entre 1.225.000.000.000 y 2.040.000.000.000 de guaraníes. Creemos firmemente que una parte significativa de dicho monto podría corresponder a un daño patrimonial que debe ser justificado contable y documentalmente. De confirmarse la existencia de dicho daño, los responsables del Gobierno Municipal deben responder con sus bienes personales, según lo estipulado en el artículo 106 de la Constitución Nacional y el 276 de la Ley Orgánica Municipal.
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