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JUSTICIA ELECTORAL

BIENVENIDOS/AS AL PORTAL DE INICIATIVAS POPULARES

SOBRE LAS INICIATIVAS

PROCEDIMIENTO PARA LA HABILITACIÓN DE LA INICIATIVA POPULAR EN EL PORTAL DEL TSJE

Una vez que el Tribunal Electoral correspondiente (en el que se haya presentado solicitud), haya admitido la Iniciativa Popular, la comisión promotora deberá proporcionar toda la información y los datos para su publicación en el portal del TSJE.
Por tanto, deberán remitir a la siguiente dirección de correo electrónico cia@tsje.gov.py con el asunto INICIATIVA POPULAR la información que a continuación se detalla:

  1. Nombre de fantasía de la Iniciativa Popular: Frase, slogan o expresión con la que la comisión promotora decide promocionar su iniciativa popular.
  2. Logotipo o imagen representativa de la Iniciativa popular: Documento electrónico en formato .jpg; .bmp o .png.
  3. Listado de las personas que conforman la comisión promotora: Además del listado de los proponentes.
  4. Dirección de correo electrónica para comunicaciones oficiales.
  5. Objetivo del proyecto de ley u ordenanza municipal.
  6. Información complementaria.
  7. Proyecto de ley u ordenanza municipal: Documento electrónico en formato .pdf.

PROCEDIMIENTO PARA EL CIERRE DE LA INICIATIVA POPULAR EN EL PORTAL DEL TSJE

Cuando la comisión promotora decida dar por terminado el proceso de colecta de firmas electrónicas, deberá seguir el procedimiento establecido en los artículos 266 ter y 39 ter de la ley 6983/2022, y deberá comunicarla vía correo electrónico al TSJE a la siguiente dirección cia@tsje.gov.py con el asunto INICIATIVA POPULAR, con 5 días hábiles de antelación al día definido para del cierre de la colecta de firmas electrónicas.

SOPORTE TÉCNICO

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